USO SECTOR AEREO MALAGA.LA INSPECCIÓN DE TRABAJO SANCIONA A RYANAIR POR OBSTACULIZAR EL PROCESO ELECTORAL EN MALAGA
«Durante las primeras elecciones a comité de empresa en la base de Ryanair en Málaga, iniciadas en abril de 2023, la irlandesa ofreció obstáculos para el normal desarrollo de las votaciones, concretamente, no facilitando una dirección de correo a donde los Tripulantes de Cabina y Pilotos, pudieran dirigir su voto por correo. Tras haberse reclamado ante la empresa por parte de USO, Ryanair ignora sus obligaciones, recogidas en el art. 8.7 de la Ley 5/2000 sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, cuando se establece como sanción «muy grave» «La transgresión de los deberes materiales de colaboración que impongan al empresario las normas reguladoras de los procesos electorales a representantes de los trabajadores.»
Ante este incumplimiento, la Inspección de Trabajo provincial de Málaga, abre acta de infracción muy grave, lo que supone una sanción en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros; y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.
Finalmente, si bien las votaciones debieron tener lugar el 16 e junio de 2023, tras los impedimentos ofrecidos por la aerolínea, se retrasaron hasta el 18 de julio, más de un mes mas tarde.
La actual sanción viene a sumarse a otra impuesta por la Inspección de Trabajo de A Coruña a denuncia de USO, en la que se le impone similar sanción porque Ryanair se negó a aportar los medios necesarios para el normal curso del proceso, no aportar información alguna sobre lugar y hora para la constitución de la mesa electoral, no notificar a los trabajadores que debían constituirla, además de que no aportó el censo de trabajadores que exige la ley.
Esta actitud antisindical viene precedida de vulneraciones del derecho de huelga de USO, según dos sentencias de la Audiencia Nacional, reincorporación de varios representantes sindicales despedidos como represalia, como consecuencia de sentencia judicial, y sanciones de la Inspección de Trabajo por vulneraciones de libertad sindical y los derechos de los trabajadores durante las huelgas.
Desde la USO Andalucía: «Esta sanción, tipificada por la Inspección como MUY GRAVE conforme al art. 8.7 de la LISOS, describe el desprecio permanente de la aerolínea irlandesa por derechos fundamentales ya asentados que vulnera permanentemente, lo que son motivo de continuas sanciones económicas. Si bien estas sanciones son claramente insuficientes para disuadir a grandes empresas, como Ryanair, de incumplir la ley, si retratan a los empresarios que abusan de los trabajadores, y que desde la USO, seguiremos defendiendo.»
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