Alegaciones al RD del seguimiento de la contratación pública
USO presenta alegaciones al RD del seguimiento de la contratación pública, que restringe la participación sindical
- La norma, en período de audiencia pública, prevé la creación de una comisión interministerial en la que solo participen CCOO y UGT
- El Supremo ya anuló el anterior RD por omitir el trámite de audiencia pública a los sindicatos
Madrid, 13de febrerode 2023.-El secretario general de USO, Joaquín Pérez, ha registrado las alegaciones del sindicato al Real Decreto que regulará la Comisión Interministerial para la incorporación de criterios sociales en la contratación pública.
Esta comisión ya fue anulada por sentencia del Tribunal Supremo (1719/2019, de 12 de diciembre), por omitir el trámite de audiencia a los sindicatos en la elaboración de la norma.
“El Supremo reconocía en su fallo la trascendencia de esta norma para todos los trabajadores, por regular la contratación pública y su impacto social. Es decir, oportunidades de empleo digno, igualdad entre hombres y mujeres, formación, protección de la salud y la seguridad en el trabajo, lucha contra la exclusión social… las funciones principales de todos los sindicatos. Por ello, el Supremo concluía que deben tomarse en cuenta las aportaciones y propuestas de los sindicatos, sin la necesidad de ostentar el carácter de más representativo”, expone Pérez.
Sin embargo, la nueva redacción “quiere seguir blindando el bisindicalismo de UGT y CCOO como únicos defensores de todos los trabajadores, obviando que los trabajadores también eligen a otros muchos sindicatos, y se explicita que solo podrán formar parte de ella los sindicatos más representativos”, explica el secretario general de USO.
Por ello, USO, en sus alegaciones al texto, reclama “que la comisión esté abierta a más organizaciones, como la nuestro, que es la tercera fuerza sindical de España, con notoria y suficiente implantación en todos los territorios y sectores. Ni la Ley Orgánica de Libertad Sindical ni la propia Constitución Española contemplan estas restricciones al resto de sindicatos cuando se habla de salvaguardar los derechos sociales. De hecho, los incluye en la descripción inherente a cada sindicato”.
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